Artículo 37.- Se entiende por cuota, la cantidad de dinero fijada por el Centro Recreativo Nova, para sufragar los gastos originados con motivo de un servicio especial.
Artículo 38.- Se consideran servicios especiales, la renta de salones y palapas, el pago de cursos de academias, así como el pago obtenido por la celebración de contratos de afiliación.
Artículo 39.- Las cuotas correspondientes serán fijadas por el Club Nova.
Artículo 40.- Las cuotas serán revisadas anualmente tomando en consideración, aspectos como los de la inflación y condiciones del mercado.